Beneficios de tener una web:
Captará nuevos clientes.
Disminuirá sus costes de comunicación.
Reforzará las decisiones de compra de sus clientes al disponer de amplia información.
Reforzará sus objetivos publicitarios (imagen corporativa, posicionamiento, notoriedad...).
Mejorará el servicio y la atención a sus clientes.
Podrá efectuar transacciones comerciales o recibir pedidos on-line.
Dispondrá de una comunicación fácil, inmediata y a bajo coste.
Favorece la comunicación interna (conectar sucursales, delegaciones o departamentos entre sí) y la comunicación externa (clientes, proveedores, partners).
Podrá obtener valiosas bases de datos de clientes actuales y potenciales.
Podrá combatir a la competencia, superando el nivel de sus webs.
Beneficios economicos y fiscales:
Tener una web hoy en dia proporciona muchas ventajas tanto de informacion como de indole economico. Disponiendo de una pagina web captara nuevos clientes, disminuyendo sus costes de comunicacion, mejorara el servicio y la atencion a sus clientes, reforzará las decisiones de compra de sus clientes al disponer de amplia información, reforzará sus objetivos publicitarios (imagen corporativa, posicionamiento, notoriedad...), podrá efectuar transacciones comerciales o recibir pedidos on-line, dispondrá de una comunicación fácil, inmediata y a bajo coste, y un numero ilimitado de amplias posibilidades.
Por si esto fuera poco el gobierno aprobó la Ley 6/2000 de 13 de diciembre (BOE 14/12/2000) que incluye, entre otros aspectos, ayudas a las Empresas de reducida dimensión en forma de deducciones fiscales por la utilización de nuevas tecnologías.
El ámbito de aplicación de estas medidas relativas a las pequeñas y medianas empresas son:
Cifra de negocios en el período impositivo inmediato anterior sea inferior a 3 millones de euros (499.158.000 Ptas).
Cuando la entidad sea de nueva creación, el importe de la cifra de negocios se referirá al primer período impositivo en que se desarrolle efectivamente la actividad.
Cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades el importe neto de la cifra de negocios se referirá al conjunto de entidades pertenecientes a dicho grupo.
Deducción para el fomento del uso de las nuevas tecnologías por las Empresas de reducida dimensión.
Las empresas que cumplan con los requisitos anteriormente citados, tendrán derecho a una deducción en la cuota del Impuesto de Sociedades del 10% del importe de las inversiones y de los gastos del período relacionados con la mejora de su capacidad de acceso y manejo de información de transacciones comerciales a través de Internet.
Así como con la mejora de sus procesos internos mediante el uso de tecnologías de la información y de la comunicación.
| |